El Gobierno continúa persiguiendo el objetivo de mejorar las condiciones laborales de este sector al que pertenecen 580.500 personas en España. Este martes se aprobarán los nuevos derechos para las empleadas de hogar, aunque no entrarán en vigor hasta 2025. ¡Te contamos todas las novedades al respecto!
Subida del SMI y prestación por desempleo
Estos nuevos derechos para las empleadas de hogar se sumarán a los aplicados recientemente en el régimen especial de empleadas de hogar. Este mismo año se aplicó una subida del salario mínimo interprofesional, pasando de ser 1.260€ a 1.323€ brutos al mes. Como consecuencia, también subió la remuneración por hora trabajada y por trabajo eventual.
A partir del pasado octubre y siempre y cuando hubiesen cotizado al menos un año (es decir, en el periodo de octubre de 2022 a octubre de 2023), las empleadas de hogar pueden solicitar una presentación por desempleo. Hasta entonces, este sector no podía tampoco solicitar la jubilación al no cotizar por ello.
Más avances en cuanto a los derechos para las empleadas de hogar
Este martes 10 de septiembre se aprobaba el decreto por el cual se mejoran las condiciones laborales de las empleadas de hogar. Las medidas, que se espera que entren en vigor a partir de 2025 de manera obligatoria, consistirán fundamentalmente en ampliar la prevención de riesgos laborales a las empleadas del hogar. En un principio, esta novedad no afectará económicamente a las familias que contratan a las empleadas de hogar para sus domicilios.
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) facilitará vía telemática dos herramientas:
- Una evaluación del puesto de trabajo que deberán rellenar los empleadores
- Una formación adecuada al puesto que deberán completar las empleadas. Ésta se realizará sólo una vez aunque se preste servicio en varias casas, y se hará dentro del horario de trabajo si es posible, o fuera de la jornada pero a cambio de tiempo de descanso en la jornada laboral.
Además de estos nuevos derechos para las empleadas de hogar, también tendrán un protocolo de actuación frente a situaciones de violencia y acoso en el servicio del hogar familiar. Si las empleadas de hogar detectan una situación de riesgo en el domicilio, podrán paralizar su actividad laboral hasta sin ningún tipo de penalización. A todas estas medidas se suman los reconocimientos médicos periódicos facilitados por el Estado. Estas revisiones también son únicos, aunque se tengan varios empleadores, y se realizarán cada tres años con el consentimiento de la persona trabajadora.
El empleador, por su parte, deberá facilitar a la empleada de hogar todo lo necesario para el correcto desempeño de sus funciones en todo momento. Si la situación en el domicilio cambia de manera que pueda afectar al puesto de trabajo, deberá informarlo obligatoriamente y adoptar las medidas necesarias para que la empleada continúe con su labor.
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