Externa/Turno de día

Personal con experiencia en el cuidado de mayores en régimen de externa

Cuidado de mayores en su hogar durante el día (externa)

Para la mayoría de las personas mayores, contratar a una empleada de hogar no es un lujo; es más bien una necesidad. Afortunadamente, cada vez vivimos más años, lo que hace necesario una ayuda adicional que nos permita mantener la calidad de vida cuando estamos en una edad avanzada.

En la modalidad de régimen externo, podrá contratar a la empleada durante las horas que necesite a lo largo del día. No existe un horario establecido, sino que se seleccionará una persona adecuada al perfil y horas diarias necesarias. Normalmente, salvo que se requiera de otra manera, este servicio se suele realizar de lunes a viernes.

Durante el horario de trabajo, la persona contratada se encarga tanto del cuidado y atención de la persona mayor o enferma, controlando la medicación, aseando al paciente, ayudándole a vestirse, acompañándole a dar paseos o citas médicas, etc, como de la realización de tareas del hogar y servicio doméstico, como la limpieza, plancha, hacer la compra, encargarse de la cocina, etc.

En Mayor es Vida, nos preocupamos de seleccionar a la persona que mejor encaje en el perfil del paciente, con el fin de que la persona mayor o enferma consiga una estabilidad y una rutina en su día a día. Seleccionamos personal especializado en el cuidado de mayores, en su propio domicilio, con todas las comodidades de su hogar. Contamos con trabajadores altamente cualificados y con experiencia en el cuidado de enfermos, minusválidos, encamados, con demencia senil, Alzheimer, rehabilitación, duermevelas e incluso acompañamiento en las estancias en el hospital.

Las condiciones de contratación de la persona interna son las siguientes:

Salario mensual: El salario varía en función de las horas de contratación, el tipo de paciente que se va a atender, si son uno o varios pacientes, lugar del domicilio, etc. Pídanos información y le mandaremos un presupuesto ajustado al tipo de servicio que necesita.

Pagas extraordinarias: la empleada tendrá derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, normalmente a pagar en junio y diciembre, siendo la cuantía de cada una de ellas, como mínimo, igual al salario en metálico que perciba durante quince días naturales (media paga).

Libranza semanal: un día y medio libre, cuyo disfrute se convendrá entre las partes.

Vacaciones: la trabajadora tiene derecho 30 días naturales por año trabajado, que podrán repartirse a lo largo del año.

Te atendemos de lunes a viernes de 9.30 a 19 horas