Ascendientes mayores de 65: ¿Cómo se deduce?

ascendientes mayores de 65

Escrito por Pilar López Lamoca

14 de abril de 2023

Desde el día 3 de abril ya es posible presentar la declaración de la renta de 2023-2024. Esto se convierte, para la gran mayoría, en una auténtica pesadilla. Hay muchas casillas que no tenemos ni idea de cómo rellenar y eso puede significar que nos perdamos algunos beneficios económicos. En el blog de hoy nos vamos a centrar en enseñaros todo lo que debes tener en cuenta en la declaración si tienes ascendientes mayores de 65 años. ¡Te lo ponemos fácil!

1. Requisitos para poder recibir la bonificación

Partamos de la base… ¿A quiénes consideramos ascendientes? Muy sencillo: tienen tal consideración los padres, abuelos, bisabuelos, etc. de quienes descienda el contribuyente y que estén unidos a éste por vínculo de parentesco en línea recta por consanguinidad o por adopción, sin que se entiendan incluidas las personas unidas al contribuyente por vínculo de parentesco en línea colateral (tíos, o tíos abuelos) o por afinidad (suegros).

Una vez aclarado esto, no todos los que tengamos ascendientes mayores de 65 años vamos a poder deducirlo en la declaración de la renta. Hay algunas cosas a tener en cuenta antes de rellenar los datos.

  • El ascendiente debe ser mayor de 65 años a la fecha de devengo del impuesto (normalmente el 31 de diciembre) o, cualquiera que sea su edad, que se trate de una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • El contribuyente debe haber convivido con el ascendiente durante, al menos, la mitad del período cotizado.
  • El ascendiente no debe haber obtenido en el ejercicio ingresos superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las exentas del impuesto.
  • Que el ascendiente no presente declaración del IRPF con ingresos superiores a 1.800 euros.

IMPORTANTE: En caso de fallecimiento del ascendiente, es necesario que el contribuyente haya convivido con él al menos la mitad del período que media entre el uno de enero y la fecha de fallecimiento. 

2. Localizar el apartado

Si cumplís con los requisitos podrás deducirlo en la declaración de la renta, así que ahora te vamos a explicar cómo. Por lo general, tendremos en cuenta que cumplimentas la declaración de la renta de manera online. Para ello, necesitarás identificarte con los sistemas Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico en este enlace. Una vez dentro, en la ventana de «Datos Identificativos» encontraremos en el último apartado «Ascendientes mayores de 65 años o con discapacidad». Te dejamos un vídeo explicativo para que te sea más fácil identificarlo:

Una vez ahí, deberás rellenar los siguientes datos del ascendiente:

  • NIF.
  • Apellidos y nombre.
  • Fecha de nacimiento.
  • Seleccionar el tipo de vinculación.
  • Determinar el porcentaje de discapacidad en caso de tenerla.
  • Indicar con cuántos ascendientes convive el contribuyente.
  • Especificar la fecha de fallecimiento (si la hay).

Hecho esto, validamos y terminamos con la declaración de la renta o pasamos a otros apartados. Recuerda que no se envía de manera definitiva hasta que no pulsemos «Presentar declaración». Hasta ahora, lo que estarías haciendo es un borrador.

3. ¿Qué beneficio económico voy a obtener por tener ascendientes mayores de 65?

Si todo el proceso se ha realizado correctamente, el importe mínimo por ascendente a favor del contribuyente será el siguiente:

  • 1.150 € anuales por cada ascendiente de edad superior a 65 años.
  • 1.400 € anuales adicionales, por cada ascendiente de edad superior a 75 años.
  • 1.150€ anuales en caso de fallecimiento de un ascendiente que genere derecho al mínimo por este concepto.

Debes tener en cuenta que este es el mínimo aplicado para toda España, pero cada Comunidad Autónoma tiene sus importes. Si quieres conocer las cantidades de la zona en la que resides, puedes consultarlos en el Folleto Mayores de 65 años de la Agencia Tributaria.

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