Seguridad Social

Afiliación alta y baja en la Seguridad Social

La obligación de dar de alta y cotizar corresponde siempre al empleador. No obstante, los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, deberán formular directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos cuando así lo acuerden con sus empleadores, quienes deben firmar las solicitudes en cualquier caso.

sLa solicitud de alta deberá formularse con antelación al comienzo de la actividad laboral.
La solicitud de baja y variaciones de datos se presentarán dentro del plazo de los 3 días naturales siguientes al del cese en el trabajo o de aquel en que la variación se produzca.

Cotizaciones a la Seguridad Social (actualización octubre 2022)

Desde octubre de 2022, las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales se determinarán con arreglo a la siguiente escala, en función de la retribución. Incluye las aportaciones por desempleo que realizan empleador y trabajador, así como la aportación al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) por parte del empleador.

Bases de cotización empleados de hogar octubre 2022

Acción Protectora

Los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar tendrán derecho a las prestaciones de la Seguridad Social en los términos y condiciones establecidos en el Régimen General de la Seguridad Social, con una serie de peculiaridades, entre las que destacan:

  • El subsidio por incapacidad temporal, en caso de enfermedad común o accidente no laboral, se abonará a partir del noveno día de la baja, estando a cargo del empleador su abono desde el día cuarto al octavo, ambos inclusive.
  • En caso de incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional, el subsidio será el 75% de la base reguladora y se cobrará desde el día siguiente al de la baja.
  • El pago del subsidio por incapacidad temporal se efectuará directamente por la Entidad a la que corresponda su gestión, no procediendo el pago delegado del mismo.
  • Desde octubre de 2022 el trabajador tiene derecho a la prestación por desempleo.

Normativa de aplicación

  • Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
  • Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se
    regula la relación laboral de carácter especial del servicio del
    hogar familiar.
  • Real Decreto-Ley 29/2012,de 28 de diciembre de mejora de
    gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y
    social.

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