Turno de noche
El mejor personal con experiencia en el cuidado de mayores durante la nocheCuidado de mayores en turno de noche
El régimen de noches es un régimen muy solicitado por personas mayores o enfermos que padecen trastornos de sueño y no pueden dormir bien durante la noche, necesitando por tanto una atención especial. Con esta asistencia podemos evitar caídas durante la noche, ya que la persona que realiza el servicio se encuentra constantemente pendiente del paciente para aquello que necesite (levantarse, aseo en cama, apoyo a la movilidad, acudir al baño, tomar medicación, o simplemente estar pendiente por lo que pueda pasar).
No existe un horario determinado, sino que el cuidador se amoldará a las necesidades del paciente. Normalmente suele realizarse desde las 21 ó 22 horas hasta las 8 ó 9 horas del día siguiente. El servicio podrá realizarse de lunes a viernes, durante el fin de semana, días sueltos o todos los días de la semana.
La persona contratada, se encarga de estar pendiente durante la noche de la persona mayor o enferma, de las necesidades que pueda tener y de vigilar que todo está en orden. El servicio puede prestarse tanto a domicilio como en hospitales.
En Mayor es Vida, nos preocupamos de seleccionar a la persona que mejor encaje en el perfil del paciente, con el fin de que la persona mayor o enferma consiga una estabilidad y una rutina en su día a día. Seleccionamos personal especializado en el cuidado de mayores, en su propio domicilio, con todas las comodidades de su hogar. Contamos con trabajadores altamente cualificados y con experiencia en el cuidado de enfermos, minusválidos, encamados, con demencia senil, Alzheimer, rehabilitación, duermevelas e incluso acompañamiento en las estancias en el hospital.
Las condiciones de contratación de la persona interna son las siguientes:
Salario mensual: se pueden contratar a partir de 705 euros al mes de lunes a viernes. El salario varía en función del tipo de paciente que se va a atender, si son uno o varios pacientes, lugar del domicilio, etc. Pídanos información y le mandaremos un presupuesto ajustado al tipo de servicio que necesita.
Pagas extraordinarias: la empleada tendrá derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, normalmente a pagar en junio y diciembre, siendo la cuantía de cada una de ellas, como mínimo, igual al salario en metálico que perciba durante quince días naturales (media paga).
Vacaciones: la trabajadora tiene derecho 30 días naturales por año trabajado, que podrán repartirse a lo largo del año.
Te atendemos de lunes a viernes de 9.30 a 19 horas