Novedades en Seguridad Social y empleadas de hogar

Novedades en Seguridad Social y empleadas de hogar

Escrito por Pilar López Lamoca

27 de septiembre de 2022

Con el decreto ley que entrará en vigor el 1 de octubre, los derechos de las empleadas de hogar se modifican. Entre ellos, se incluye todo lo relacionado con el desempleo y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Aunque en el Boletín Oficial del Estado aparecen todos los puntos, sabemos que puede ser un poco complicado interpretarlos. Por ello, te contamos a continuación lo más importante sobre las novedades en Seguridad Social y empleadas de hogar.

Subsidio por desempleo

A partir del 1 de octubre de 2023, todas las empleadas de hogar que hayan trabajado durante 360 días y se den de alta como desempleadas podrán cobrar el paro. Pero, ¿cómo se consigue esto?

Aplicando una retención del 6,05% de la nómina. Un 1,05% por parte de la trabajadora y un 5% por parte de los empleadores. Para que estas cotizaciones no supongan un sobresfuerzo económico para los empleadores, estos tendrán derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al FOGASA en este Sistema Especial. 

Como se venía haciendo hasta ahora, se mantiene la reducción de un 20% en la aportación total por parte del empleador a la cotización por contingencias comunes correspondiente a este Sistema Especial.

Un ejemplo práctico

Si una familia contrata por una jornada completa (40h a la semana) a una empleada de hogar en octubre de 2022, su salario mínimo bruto al mes es de 1.166,67€. La familia, por su parte, tendrá que abonar a estos conceptos las siguientes cantidades:

  • Aportación del empleador a la Seguridad Social: 237,77€ al mes
  • Aportación del trabajador a la Seguridad Social: 54,83€ al mes
  • Cotización al desempleo del empleador: 11,67€ al mes
  • Cotización al desempleo de la trabajadora: 12,25€ al mes
  • Cotización al FOGASA: 2,33€

La trabajadora, por su parte, verá en su nómina en forma de retención tanto la base de cotización como la aportación al desempleo.

Por tanto, la aportación mensual en concepto de Seguridad Social por parte del los empleadores es de 318,86€. En este importe ya esta aplicada la bonificación del 20% sobre las contingencias comunes, así como la bonificación del 80% en la aportación del empleador a desempleo y el FOGASA.

Con nuestro servicio de gestoría, la contratación de empleadas de hogar es mucho más sencilla. Estamos al día de todas las novedades en Seguridad Social y empleadas de hogar. Por eso, te asesoramos sobre los importes de la Seguridad Social, además de encargarnos de tramitar las altas y bajas. Puedes solicitar tu presupuesto en https://mayoresvida.com/presupuesto/

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