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Laboral

Contratar a una empleada de hogar: guía completa 2026

Contratar a una empleada de hogar: guía completa 2026

Contratar a una empleada de hogar o a una cuidadora para un familiar mayor es, legalmente, convertirse en empleador. Suena más serio de lo que es: con los pasos claros, tener a una persona en regla se resuelve en unos días y os protege a los dos. Esta guía reúne todo lo que una familia necesita saber en 2026, paso a paso y sin jerga.

Lo primero: por qué merece la pena hacerlo bien

Trabajar “sin papeles de por medio” sale caro por las dos partes. Para la familia, las multas por no dar de alta a una trabajadora van de 3.100 a 10.000 euros, más el pago de todas las cuotas atrasadas. Para la trabajadora, significa no cotizar para su jubilación, no generar paro y no estar cubierta si se lesiona en casa. Lo explicamos con detalle en qué te juegas si tienes una empleada de hogar sin contrato.

Y hay un matiz que sorprende a muchas familias: la relación laboral existe desde el momento en que alguien empieza a trabajar en tu casa, haya papel firmado o no. El Estatuto de los Trabajadores reconoce los acuerdos verbales, así que “no firmar nada” no te libra de las obligaciones; solo te deja sin la protección de haberlas cumplido.

Paso 1 · El contrato

En el empleo del hogar, el contrato debe formalizarse por escrito en casi todos los casos (la excepción teórica son los indefinidos a jornada completa, y aun así cualquiera de las partes puede exigir el papel en cualquier momento). En el contrato conviene dejar claros:

  • Jornada y horario: horas semanales, descansos y, si es interna, los tiempos de presencia y las pernoctas.
  • Salario: cuantía, pagas extraordinarias y si hay salario en especie (alojamiento y manutención, con sus límites legales).
  • Tareas: qué incluye el puesto (cuidado personal, cocina, acompañamiento…) y qué no.
  • Periodo de prueba: máximo dos meses. Ojo: si no hay contrato escrito, se entiende que la relación es indefinida y sin periodo de prueba.

Paso 2 · El alta en la Seguridad Social

Antes de que empiece a trabajar, la familia debe darla de alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar de la Seguridad Social. Es un trámite online (con certificado digital o Cl@ve) o presencial con cita. La cuota mensual depende del salario: puedes ver los tramos vigentes en nuestra guía de bases de cotización de empleadas de hogar.

Desde 2023 existen bonificaciones en las cuotas para las familias empleadoras (con carácter general, del 20 %, y superiores para familias con menos recursos), así que el coste real suele ser menor de lo que se teme.

Paso 3 · Salario y nómina

La empleada de hogar tiene derecho, como cualquier trabajador, al Salario Mínimo Interprofesional, que se actualiza cada año — tienes las cifras vigentes en nuestra guía del salario de las empleadas de hogar —, a dos pagas extraordinarias y a vacaciones retribuidas (30 días naturales al año). Cada mes hay que entregar una nómina, aunque sea sencilla: es la prueba de que todo está en orden.

Paso 4 · Prevención de riesgos laborales

Es la obligación más reciente y la que más dudas genera. Desde su entrada en vigor, la familia debe cumplimentar una evaluación de riesgos del puesto (un formulario oficial sobre las condiciones de la casa y las tareas), y la trabajadora tiene derecho a formación en prevención —se hace una sola vez, aunque trabaje en varias casas— y a reconocimientos médicos periódicos gratuitos. Te lo contamos paso a paso en la guía de la prevención de riesgos para empleadas de hogar.

Derechos que también conviene conocer

  • Prestación por desempleo: desde la reforma de 2022, las empleadas de hogar cotizan por paro y pueden cobrarlo cumpliendo el periodo mínimo, algo que antes no existía en el sector.
  • Protección frente a la violencia y el acoso: existe un protocolo específico y la trabajadora puede paralizar su actividad ante una situación de riesgo, sin penalización.
  • Descansos: mínimo 12 horas entre jornadas (10 en el caso de internas, con compensación) y 36 horas semanales de descanso, que como regla incluyen la tarde del sábado o la mañana del lunes y el domingo completo.

Y si la relación termina: despido y desistimiento

El empleo del hogar tiene una figura propia, el desistimiento, que permite terminar la relación sin alegar causa, con preaviso e indemnización de 12 días por año trabajado (7 si la relación empezó antes de 2012). El despido por causas concretas funciona como en el resto de sectores, con sus requisitos de forma. Como los errores aquí se pagan, tenemos una guía específica: cómo despedir a una empleada de hogar sin meter la pata.

¿Prefieres que lo hagamos nosotros?

En Mayores Vida llevamos 35 años seleccionando cuidadoras para familias de Madrid, y con la Modalidad Hogar nos ocupamos de todo el papeleo del que habla esta guía: contrato, alta, nóminas, cotizaciones y asesoramiento laboral continuo. Tú te centras en tu familiar; nosotros, en que todo esté en regla.

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