1. Ley de Dependencia: la puerta a las prestaciones
Si tu familiar tiene dificultades para valerse por sí mismo, puede solicitar el reconocimiento del grado de dependencia. Según el grado (I moderada, II severa, III gran dependencia), tiene derecho a distintas prestaciones. El trámite tiene su papeleo (solicitud, valoración y resolución) y suele tardar; aquí es donde te ayudamos: si cuidas a tu familiar con nosotros, te acompañamos para solicitarlo y organizamos el cuidado desde el primer día, sin esperar a la resolución.
Hay dos prestaciones económicas principales (cuantías máximas orientativas 2025):
Son importes máximos: la cuantía final se ajusta según la capacidad económica de la persona. La tramitación puede tardar, por eso muchas familias empiezan el cuidado antes y solicitan la ayuda en paralelo.
2. El "Cheque Servicio" (PEVS): para pagar la cuidadora
Es la ayuda clave si vais a contratar cuidado privado. La Prestación Económica Vinculada al Servicio (conocida en Madrid como "Cheque Servicio") sirve para cofinanciar la contratación de una cuidadora o ayuda a domicilio acreditada, cuando no hay plaza pública disponible. En la práctica, ayuda a pagar parte de la factura del cuidado en casa.
Requiere tener el grado reconocido y contratar un servicio acreditado. Nosotros somos entidad de cuidado a domicilio: te decimos si os corresponde y lo gestionamos contigo como parte del servicio.
3. Deducción en el IRPF de Madrid (la que casi nadie aprovecha)
Aquí está la ventaja de vivir en Madrid. Si contratas a una cuidadora como empleada de hogar y la das de alta, puedes deducir en tu declaración de la renta autonómica:
- 25% de las cuotas pagadas a la Seguridad Social por la empleada de hogar, hasta 463,95 € al año.
- 40% de las cuotas (hasta 618,60 €) si eres familia numerosa.
- Y hasta 515,50 € adicionales por cuidado de ascendientes mayores de 65 con derecho al mínimo.
Tiene requisitos (alta cotizando, límites de renta, convivencia…). Es dinero que muchas familias dejan de recuperar por no conocerlo. Nosotros gestionamos el alta correctamente para que puedas aplicarla.
5. Financiar el cuidado con la vivienda: el acuerdo con Santander y MAPFRE
¿Y si las ayudas públicas no llegan a cubrir el coste? Para mayores de 65 años con vivienda en propiedad existe una opción más: gracias a nuestra colaboración con Santander y MAPFRE, la familia puede financiar el cuidado en casa con el valor de la vivienda, sin venderla y sin dejar de vivir en ella.
- Es un préstamo, con o sin renta vitalicia, que se recibe en abonos mensuales para pagar el cuidado a domicilio.
- La persona mayor conserva siempre la titularidad de su casa y sigue viviendo en ella.
- No se paga ni se devuelve nada mientras dura el acuerdo.
- Al final, los herederos eligen: vender la vivienda y quedarse la diferencia, devolver el préstamo y conservarla, o renunciar. Sin sorpresas.
Hablemos claro: este producto es de Santander y MAPFRE, no nuestro. Mayores Vida no lo comercializa ni cobra nada por contártelo: lo incluimos aquí porque a algunas familias les resuelve el "queremos cuidarle en casa pero no podemos pagarlo". Si os encaja, os ponemos en contacto con la entidad. La decisión conviene tomarla en familia y con asesoramiento independiente, que además es obligatorio por ley en este tipo de productos.
Te lo contamos con más detalle en este artículo del blog, y tienes la información oficial del producto en la nota de prensa de Santander y MAPFRE.
No te pierdas en la burocracia. Te ayudamos.
Cada familia es un caso: el grado, la renta, la modalidad… En la valoración en casa (gratuita y sin compromiso) te decimos a qué ayudas puedes optar, te orientamos con la solicitud y nos encargamos del alta de la cuidadora. Tú te centras en tu familiar.
Quiero que me orientéisPreguntas frecuentes sobre las ayudas
¿Qué ayuda hay para pagar una cuidadora en Madrid?
La principal es la Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS o "Cheque Servicio") de la Ley de Dependencia, que cofinancia la contratación de cuidado privado acreditado. Además, en Madrid puedes deducir parte de las cuotas de la empleada de hogar en el IRPF.
¿Cuánto se puede desgravar la cuidadora en la renta en Madrid?
La Comunidad de Madrid permite deducir el 25% de las cuotas pagadas a la Seguridad Social por la empleada de hogar (hasta 463,95 € al año), o el 40% si eres familia numerosa (hasta 618,60 €), cumpliendo los requisitos. Es una deducción autonómica que mucha gente no aprovecha.
¿Necesito tener reconocida la dependencia para contratar?
No. Puedes contratar una cuidadora en cualquier momento. El grado de dependencia solo es necesario para recibir las prestaciones públicas, pero no es un requisito para empezar el cuidado.
¿Me ayudáis con los trámites de las ayudas?
Sí. En la valoración en casa te orientamos sobre a qué ayudas puedes optar y cómo solicitarlas, y gestionamos el alta de la cuidadora en la Seguridad Social. No te dejamos solo con la burocracia.
¿Se puede pagar el cuidado con el valor de la vivienda sin venderla?
Sí. A través del acuerdo entre Santander y MAPFRE, las personas mayores de 65 años con vivienda en propiedad pueden recibir un préstamo, con o sin renta vitalicia, en abonos mensuales para financiar el cuidado a domicilio, conservando la titularidad de la casa y sin dejar de vivir en ella. Mayores Vida no comercializa este producto ni cobra por él: te informamos y, si os interesa, os ponemos en contacto con la entidad.
Información orientativa a 2025. Las ayudas, cuantías y requisitos cambian cada año. En tu valoración en casa te confirmamos exactamente a qué puedes optar en tu caso concreto y nos encargamos de la gestión y del alta de la cuidadora.