Mesa electoral el 29N con más de 65 años: cómo renunciar
Respuesta corta: si tienes entre 65 y 69 años y te toca mesa en las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026, puedes renunciar sin dar ningún motivo, siempre que lo comuniques en los 7 días siguientes a la notificación. A partir de los 70 años ni siquiera entras en el sorteo. Lo que no puedes hacer es no contestar y no presentarte: eso es delito.
Quien te lo explica: Mayores Vida es una agencia de cuidadoras a domicilio para personas mayores en Madrid, familiar y madrileña desde 1991, con unas 400 familias en activo y 4,8 sobre 5 en Google. Cada vez que hay elecciones nos llegan las mismas dudas, de los propios mayores y de sus hijos: «a mi madre le ha tocado mesa, ¿tiene que ir?». Aquí va todo, con las fechas de estas elecciones.
¿Cuándo son las elecciones y cuándo se sortean las mesas?
El Real Decreto 806/2026, publicado en el BOE el 6 de octubre, disuelve las Cortes y convoca elecciones al Congreso y al Senado para el domingo 29 de noviembre de 2026. La ley electoral (LOREG) manda sortear las mesas entre los días 25 y 29 posteriores a la convocatoria. Este es el calendario que publica la Junta Electoral Central:
| Fecha | Qué pasa |
|---|---|
| 6 de octubre | Convocatoria en el BOE. Se abre la solicitud del voto por correo |
| 31 de octubre a 4 de noviembre | Cada ayuntamiento sortea presidentes, vocales y suplentes |
| 3 días desde el sorteo | Te llega la notificación, con el manual de instrucciones |
| 7 días desde la notificación | Plazo para renunciar (de 65 a 69 años) o alegar otra excusa |
| 5 días desde que la presentas | La Junta Electoral de Zona resuelve |
| 13 a 27 de noviembre | Campaña electoral |
| 19 de noviembre | Último día para pedir el voto por correo |
| 25 de noviembre | Último día para dejar el voto por correo en Correos |
| 28 de noviembre | Jornada de reflexión |
| 29 de noviembre | La mesa se constituye a las 8:00; se vota de 9:00 a 20:00 |
Las autonómicas y municipales de la Comunidad de Madrid se esperan para mayo de 2027, pero todavía no están convocadas. Lo que lees aquí te servirá también entonces: las reglas de las mesas son las mismas.
¿Pueden los mayores de 65 años librarse de la mesa electoral?
Sí. El artículo 26.2 de la LOREG dice que los miembros de mesa se sortean entre los electores que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años, «si bien a partir de los sesenta y cinco años podrán manifestar su renuncia en el plazo de siete días».
Fíjate en la palabra: es una renuncia, no una excusa. La diferencia importa:
- No tienes que justificar nada. Ni certificado médico, ni papeles de nadie a tu cargo. Basta con la edad.
- La Junta no puede rechazarla. La Instrucción 6/2011 de la Junta Electoral Central la incluye entre las causas que «en todo caso» liberan del cargo.
- Pero no es automática. Si no la presentas en plazo, sigues designado y tienes que ir. El sorteo no excluye a nadie por tener 66 años.
¿Y si tienes 70 o más? Entonces no estás en el bombo. Si tu padre tiene 74, puede estar tranquilo: no le va a tocar.
¿Cómo se presenta la renuncia, en la práctica?
La renuncia (y cualquier otra excusa) se presenta ante la Junta Electoral de Zona que te corresponde. La propia notificación te dice cuál es, dónde está y qué impreso usar. Los pasos:
- Lee la notificación el mismo día que llega. Los 7 días empiezan a contar desde ahí, no desde el sorteo.
- Rellena la renuncia indicando que tienes entre 65 y 69 años, con tu DNI.
- Preséntala dentro del plazo, por el canal que indique la carta.
En la ciudad de Madrid, en las últimas convocatorias el Ayuntamiento habilitó en su sede electrónica un trámite para los designados de 65 a 70 años: se hacía con el código de verificación que viene en la carta de nombramiento, sin certificado digital, y el sistema comprobaba la edad en el censo y aceptaba la renuncia en el momento (así lo explicaba la nota del Ayuntamiento para el 23J). Para el 29N, comprueba en tu carta si se repite. En otros municipios, sigue las instrucciones de tu notificación o pregunta en el ayuntamiento.
Un consejo de hijo: si a tu madre le llega la carta y no se maneja con internet, haced el trámite juntos esa misma semana y guardad el justificante.
¿Qué otras excusas acepta la Junta Electoral?
Si no tienes 65 años, también puedes librarte, pero con causa justificada y documentada, en los mismos 7 días (artículo 27.3). La Junta Electoral de Zona resuelve en 5 días y, si dice que no, tiene que explicar por qué. Estas son las causas que la Junta Electoral Central considera válidas por sí solas, siempre que las acredites:
- Discapacidad reconocida, de cualquier grado.
- Incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, o estar de baja (incapacidad temporal).
- Embarazo a partir del sexto mes, o estar de permiso por nacimiento o cuidado del menor.
- Haber estado en una mesa al menos tres veces en los últimos diez años.
- Cuidar de forma directa y continua a un familiar hasta segundo grado (padres, suegros, abuelos, hermanos…) que, por edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo.
- Cuidar de menores de 12 años o de personas con discapacidad por guarda legal, o de un lactante.
Otras dependen del caso y las valora la Junta: una enfermedad que dificulte estar en la mesa (con certificado médico detallado), una operación o pruebas médicas importantes esos días, un evento familiar inaplazable o trabajar ese domingo en un servicio esencial, como sanidad o protección civil.
Si cuidas de alguien dependiente, ¿te libras de la mesa?
Es la excusa que más vemos entre las familias que acompañamos, así que vamos al detalle. Pongamos que tienes 52 años y tu padre, con alzhéimer, vive contigo. Puedes alegar cuidado directo y continuo de un familiar que no puede valerse por sí mismo. Para acreditarlo, la Instrucción admite dos documentos:
- El escrito de tu empresa que te reconoce una reducción de jornada por cuidado de familiar.
- Un certificado de los servicios sociales de la Comunidad de Madrid o de tu ayuntamiento.
Si tu padre tiene reconocido el grado de dependencia, pide en servicios sociales el certificado cuanto antes: con 7 días de margen, no hay tiempo que perder. Si todavía no lo tiene, te explicamos el trámite en qué es la Ley de Dependencia y cómo funciona.
¿Y si la Junta rechaza la excusa? Entonces hay que ir, y la jornada es larga: la mesa se constituye a las 8:00 y no acaba hasta terminar el recuento, pasadas las 20:00. Para ese domingo puedes organizar el relevo con la familia o con una cuidadora de fin de semana.
¿Qué pasa si no vas a la mesa electoral?
Es un delito electoral. El artículo 143 de la LOREG castiga a quien no se presente, abandone la mesa sin causa o incumpla la obligación de excusarse o avisar con prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses.
Si te surge un imprevisto después del plazo de 7 días (una caída, un ingreso), avisa a la Junta Electoral de Zona al menos 72 horas antes de que se constituya la mesa, con el justificante. Si pasa en el último momento, avisa de inmediato y siempre antes de las 8:00 del domingo.
¿Cuánto se cobra y qué permisos tienes?
- Dieta de 75 euros por la jornada, según la Orden INT/650/2026. La cobran el presidente y los vocales titulares; los suplentes, solo si acaban ocupando un puesto.
- Permiso retribuido de jornada completa el día de la votación si ese domingo te toca trabajar, para trabajadores por cuenta ajena y funcionarios (artículo 28).
- Cinco horas menos de trabajo el lunes 30. Ojo: la ley no da el día libre, sino una reducción de jornada de cinco horas.
Cómo ayudar a votar a un padre o una madre mayor
Formar parte de la mesa es una cosa; votar, otra. Si tu madre quiere votar y le cuesta salir de casa, tiene dos caminos:
Acompañarla al colegio electoral. Puedes ir con ella, ayudarla a llegar y esperar. Si por discapacidad no puede coger la papeleta, meterla en el sobre o entregarla, la ley le permite servirse de una persona de su confianza para esas operaciones (artículo 87).
Voto por correo. Según Correos y la Junta Electoral Central, para el 29N:
- Se pide hasta el 19 de noviembre, en cualquier oficina de Correos con el DNI original, o por internet con DNI electrónico o certificado digital.
- La Oficina del Censo Electoral envía la documentación a casa por correo certificado entre el 9 y el 22 de noviembre.
- El voto se deposita en Correos hasta el 25 de noviembre, sin franqueo.
- Si una enfermedad le impide ir a pedirlo, otra persona puede hacerlo en su nombre con autorización notarial y un certificado médico oficial, que es gratuito (artículo 72).
- Una vez pedido, ya no puede votar en la mesa el día de las elecciones.
Si es la cuidadora quien acompaña ese día a tu padre, déjalo hablado con ella antes: a qué hora, con qué documentación y qué colegio. Con una cuidadora por horas puedes reservar ese rato sin problema.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que ir a la mesa electoral si tengo 67 años?
Solo si no renuncias. Entre los 65 y los 69 años puedes renunciar sin justificarlo, pero tienes que comunicarlo a la Junta Electoral de Zona en los 7 días siguientes a la notificación. Si no lo haces, sigues designado.
¿Los mayores de 70 años pueden ser elegidos para una mesa electoral?
No. La ley solo sortea a los electores menores de 70 años, así que a partir de esa edad no te puede tocar ser presidente ni vocal.
¿Cuándo se sortean las mesas para las elecciones del 29 de noviembre?
Entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre de 2026, en cada ayuntamiento. La notificación llega en los 3 días siguientes al sorteo.
¿Cuidar de un familiar dependiente me libra de la mesa electoral?
Sí, si lo cuidas de forma directa y continua y lo acreditas, por ejemplo con un certificado de servicios sociales o el escrito de reducción de jornada. Se presenta ante la Junta Electoral de Zona en los 7 días siguientes a la notificación.
¿Cuánto se cobra por estar en una mesa electoral en 2026?
75 euros por la jornada, según la Orden INT/650/2026. Los suplentes solo cobran si sustituyen a un titular.
¿Qué pasa si no me presento a la mesa electoral?
Es un delito castigado con prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses. Si tienes un impedimento de última hora, avisa a la Junta Electoral de Zona con el justificante antes de que se constituya la mesa.
Y si estas elecciones te han hecho pensar en cómo están tus padres, en si necesitan algo más de ayuda en casa, hablemos sin compromiso. Puedes calcular cuánto costaría con nuestra calculadora de precio, escribirnos desde contacto o llamarnos al 91 919 59 00, de lunes a viernes de 9:30 a 18:30.